Norma propuesta por el ministro y compartida por el cdm
La medida propuesta por el Ministro de Economía y Hacienda, compartida y aprobada por el Consejo de Ministros surge a raíz de las normas ya existentes en Europa en materia de márgenes extrabancarios.
Al mismo tiempo, la medida, con el fin de salvaguardar la estabilidad de las entidades bancarias, prevé también un tope máximo para la aportación que no puede superar el 0,1% del activo total. En este sentido, cabe recordar que la base imponible de este impuesto se determina por el valor mayor entre el importe del margen de interés a que se refiere el apartado 30 de la declaración de la renta, elaborado según los formatos aprobados por el Banco de Italia , correspondiente al ejercicio anterior al ejercicio en curso a 1 de enero de 2023 que exceda en al menos un 5 por ciento del mismo margen del ejercicio anterior al ejercicio en curso a 1 de enero de 2022 y al importe del margen de intereses a que se refiere el inciso 30 de la cuenta de resultados , elaborada según los formatos aprobados por el Banco de Italia, relativa al ejercicio anterior al iniciado el 1 de enero de 2024 que supere el mismo margen en al menos un 10 por ciento en el año anterior al en marcha el 1 de enero de 2022 .
Por último, cabe señalar que los bancos que ya han ajustado los tipos de financiación como se recomendó el 15 de febrero con una nota específica del Banco de Italia, recomendación recordada posteriormente por el ministro Giorgetti durante la reunión de la ABI del 5 de julio, no tendrán impactos como consecuencia de la norma aprobada ayer en el MDL.