#Coronavirus: el Garante proporciona las primeras indicaciones para la enseñanza en línea

(por Davide D'Amico, Director de MIUR y Director de AIDR) Con la disposición del 26 de marzo de 2020, el Garante para la protección de datos personales interviene en el asunto del derecho a la protección de datos personales en la educación a distancia para proporcionar información útil a las escuelas, universidades estudiantes y familias. El objetivo es garantizar "el uso más consciente y positivo de las nuevas tecnologías con fines educativos".

En particular, el Garante se basa en el hecho de que las escuelas y las universidades no deben solicitar el consentimiento para el procesamiento de datos de maestros, alumnos, estudiantes, padres, ya que cae dentro de las funciones asignadas institucionalmente a las escuelas y universidades.

Sin embargo, las escuelas y universidades deben prestar especial atención a la elección y regulación de las herramientas digitales utilizadas para el aprendizaje a distancia. En particular, estas herramientas deben caracterizarse por medidas de protección de datos desde la fase de diseño y por "configuraciones predeterminadas". Y nuevamente, es posible eximir de la evaluación de impacto para el tratamiento llevado a cabo por la institución educativa individual como parte de un servicio de videoconferencia o una plataforma que no proporciona el control automático del usuario.

En el caso de que la plataforma digital seleccionada implique el procesamiento de datos personales de estudiantes, alumnos o sus padres en nombre de la escuela o la universidad, es necesario regular la relación con el proveedor a través de un contrato u otro acto legal como en el caso más municipio de registro electrónico, para el cual el proveedor procesa los datos en nombre de la escuela.

La disposición del Garante también establece que, en el caso de que sea necesario utilizar plataformas más complejas, con servicios que no se refieren solo a la enseñanza, sin embargo, solo aquellas funciones estrictamente necesarias para la capacitación deben activarse con una configuración que minimice los datos personales a procesar. por ejemplo, evitar la geolocalización, el inicio de sesión social, etc. En este caso, las escuelas y universidades se encargarán de garantizar que los datos procesados ​​en su nombre se utilicen solo con referencia al aprendizaje a distancia.

En cualquier caso, la disposición establece que el Garante supervisa el respeto de la disciplina de protección de datos personales por parte de los proveedores de las principales plataformas digitales para la educación a distancia, con el objetivo de garantizar una protección adecuada del procesamiento de los datos de los docentes. estudiantes y familias.

Además, se especifica que el procesamiento de datos llevado a cabo por las plataformas en nombre de la escuela o la universidad debe limitarse solo a los servicios necesarios para el suministro de enseñanza en línea, sin fines adicionales específicos para el proveedor, que no puede influir en el uso de los servicios para cualquier firma del contrato o la provisión de consentimiento para el procesamiento de datos, que se refiere al uso de funciones adicionales, no relacionadas con la actividad docente.

Luego, se presta especial atención a los datos personales de los menores, para quienes se debe garantizar una protección específica, ya que tienen menos conciencia de las consecuencias de los riesgos de sus derechos. Por lo tanto, es necesario evitar preservar el uso de los datos de los niños con fines de perfil o comercialización.

Finalmente, el Garante se centra en la necesidad de garantizar la transparencia y la corrección del tratamiento y, en particular, en el hecho de que las escuelas y universidades deben informar a las partes interesadas (alumnos, estudiantes, padres y maestros) en un idioma que sea fácil de entender para los niños, con particular referencia al procesamiento de datos realizado.

Acceder a la disposición del Garante del 26 de marzo de 2020 n. 64 enlaces:

https://www.garanteprivacy.it/web/guest/home/docweb/-/docweb-display/docweb/9300784#allegato

#Coronavirus: el Garante proporciona las primeras indicaciones para la enseñanza en línea