Justicia, DL sobre el sistema penitenciario y la reforma penal

El Consejo de Ministros aprobó, a propuesta del Ministro de Justicia Carlo Nordio, un decreto ley con dos intervenciones relativas al sistema penitenciario ya la reforma del proceso penal. 

El primer punto de la disposición tiene por objeto garantizar -en el plazo de 8 de noviembre señalado por el Tribunal Constitucional al Parlamento- una respuesta a la advertencia contenida en la ordenanza núm. 97 de 2021, relativa a la prohibición de beneficios penitenciarios a los presos por delitos graves que no colaboren con la ley. El texto indica requisitos estrictos para reconocer las conclusiones de los jueces del Consejo y al mismo tiempo evitar que sujetos que aún puedan tener vínculos con el contexto delictivo de origen sean admitidos a medidas de recompensa. El decreto tiene plenamente en cuenta el proyecto de ley - en relación con el art. 4bis del régimen penitenciario -ya aprobado por la Cámara de Diputados en la pasada legislatura- y se centra sobre todo en las condiciones para el otorgamiento de estos beneficios: para los condenados por los denominados delitos de impedimento, la buena conducta penitenciaria o la participación en el tratamiento sólo se no es suficiente, pero se introducen elementos específicos que permiten excluir la realidad de vínculos con la delincuencia organizada o el riesgo de restablecer tales contactos. 

No hay automatismos, por tanto, en el mecanismo de concesión de beneficios penitenciarios, según indica el Tribunal Constitucional, pero también se aseguran las garantías de seguridad a través de un procedimiento reforzado de valoración de las solicitudes, que prevé además la obligación por parte del juez de control de adquirir múltiples dictámenes, incluido el del Fiscal Nacional Antimafia y Contra el Terrorismo. Además, el texto introduce cambios en cuanto a la concesión de la libertad condicional (la solicitud puede presentarse después de cumplir 30 años de condena) y prevé una regla transitoria para los presos que hayan delinquido antes de la entrada en vigor de la reforma. 

El segundo punto del decreto-ley se refiere a la reforma del proceso penal y del sistema sancionador. Ante las preocupaciones expresadas por los operadores del sistema judicial sobre el impacto de las nuevas normas, la postergación de la entrada en vigor del decreto legislativo n. 150/2022 por un plazo no superior a dos meses. 

El aplazamiento permitirá afinar medidas organizativas ya iniciadas y un adecuado soporte tecnológico, para garantizar a las sedes judiciales las mejores condiciones para una plena, oportuna y efectiva aplicación de la reforma ya aprobada, así como evaluar la adopción de nuevas normas transitorias . Para ello, ya se ha creado un grupo de trabajo específico en el Ministerio de Justicia, compuesto por los responsables de todos los departamentos del Ministerio de Justicia implicados. 

El decreto legislativo relativo al proceso penal y al régimen sancionador constituye un hito del PNRR y debe entrar en vigor a más tardar el 30 de diciembre de 2022, para asegurar el cumplimiento de los plazos y compromisos adquiridos con Europa.

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