Con la circular núm. 73 del 24 de junio de 2022, el INPS publicó las formas de pago de la indemnización única, equivalente a 200 euros según el decreto-ley del 17 de mayo de 2022, n. 50
La bonificación puntual de 200 euros se concede a los trabajadores, particulares públicos y privados, titulares de una o varias relaciones laborales, que tengan derecho, desde el 1 de enero de 2022 y hasta el día anterior a la publicación de la circular, al derecho de cotización del 0,8 %. exención
Sobre la base de lo dispuesto en el artículo 32, párrafos 1 a 7, del decreto-ley n. 50/2022, la circular prevé que esta indemnización sea pagada de oficio por el INPS para los titulares de uno o más beneficios de pensión de cualquier forma de seguridad social obligatoria, pensión o subsidio social, pensión o subsidio para inválidos civiles, ciegos y sordomudos. , así como los tratamientos de pensión correspondientes, con efecto a partir del 30 de junio de 2022.
En este precepto legislativo no se hace mención a las personas con discapacidad que sean exclusivamente titulares de subsidios de acompañamiento a quienes, por tanto, el subsidio único de 200 euros le es abonado por su empleador que procede a la acreditación directa (artículo 31 del decreto- Ley nº 50/2022) si se cumplen las condiciones previstas por la ley.
Para más información, es posible consultar la Circular 73 de 24 de junio de 2022 en el sitio web www.inps.it.