En 2021 el Estado central "olvidó" pagar 5,2 millones de euros a proveedores

En 2021 la Administración Central del Estado (incluye únicamente ministerios y otros órganos estatales con autonomía contable y financiera, como, por ejemplo, el Parlamento, la Presidencia del Consejo de Ministros, el Tribunal de Cuentas, el Consejo de Estado, las agencias tributarias e instituciones educativas de todos los niveles) recibió 3.657.000 facturas de sus proveedores por un importe total de 18 millones de euros. Ha liquidado 2.420.000, correspondiendo a estas empresas 12,8 millones, "olvidándose", por así decirlo, de pagar 1.237.000. Gracias a este expediente, el Estado central ha "ahorrado" unos buenos 5,2 millones. Además, de los 12,8 millones honrados, el 28,2 por ciento (equivalente a 3,6 millones de euros) se pagó con retraso, es decir, sin respetar lo dispuesto en la ley sobre plazos de pago (desde 2013, a raíz de la transposición a nuestro ordenamiento jurídico de la normativa europea -Directiva de la UE / 2011 / 7-, los tiempos de pago en transacciones comerciales entre organismos públicos italianos y empresas privadas normalmente no pueden exceder los 30 días (60 para algunos tipos de suministros, en particular la atención médica). Estas cifras son el resultado de un procesamiento realizado por la Oficina de Estudios de la CGIA sobre datos del Tribunal de Cuentas3.

Un hecho sin precedentes, señalan los artesanos de Mestre, que demuestra cómo nuestra Administración Pública, en este caso la central, sigue poniendo en peligro la estabilidad financiera de muchas empresas, especialmente de las pequeñas, a través de conductas, en materia de pagos, por decir el menos desafortunado.

De hecho, tal y como destaca el Tribunal de Cuentas, nuestra Administración Pública (AP) está adoptando una práctica cada vez más consolidada; liquida las facturas de mayor cuantía dentro de los plazos legales, manteniendo así el tiempo medio ponderado de pago dentro de los límites establecidos por la ley, pero retrasa intencionadamente el saldo de las de menor cuantía, penalizando, en particular, a las empresas prestadoras de bienes y servicios con bajos volúmenes; es decir, pequeñas empresas.

La Oficina de Estudios del CGIA recuerda que los impagos descritos anteriormente no incluyen también los imputables a las regiones, entidades locales (provincias, municipios, comunidades de montaña, etc.) y sanidad. Estos últimos sectores siempre han tenido tiempos de pago (promedio y ponderado) y cuentas por pagar comerciales significativamente superiores a los registrados por el gobierno central. Por tanto, la denuncia planteada es sólo la punta del iceberg de una mala praxis que, lamentablemente, atenaza a toda nuestra AP.

Al menos 55,6 millones aún por pagar

El stock de acreedores comerciales en cuenta corriente de toda nuestra Administración Pública (AP) sigue creciendo: en 2021, última encuesta presentada en los últimos meses4, alcanzó un récord de 55,6 millones de euros.

Una cifra que comparada con nuestro PIB nacional es igual al 3,1 por ciento: ningún otro país de la UE-27 registra una puntuación tan negativa. De nuestros principales competidores comerciales, por ejemplo, la deuda en cuenta corriente de España en relación con el PIB es del 0,8 por ciento, el 1,2 por ciento en los Países Bajos, el 1,4 por ciento en Francia y el 1,6 por ciento en Alemania. Incluso Grecia, que el año pasado tenía una relación deuda pública/PIB de casi el 203 por ciento, tiene una incidencia de la deuda comercial sobre el PIB que es casi la mitad de la nuestra: 1,7 por ciento.

El Tribunal de Justicia Europeo ya nos ha sentenciado

Con la sentencia publicada el 28 de enero de 2020, el Tribunal de Justicia Europeo afirmó que Italia ha violado el art. 4 de la directiva comunitaria 2011/7 sobre plazos de pago en transacciones comerciales entre administraciones públicas y empresas privadas. Aunque en los últimos años los retrasos medios con los que se pagan las facturas en Italia han disminuido ligeramente, en 2021 la Comisión Europea envió una carta de emplazamiento al gobierno de Draghi sobre el incumplimiento de lo dispuesto en la directiva europea aprobada hace 10 años. Finalmente, otro procedimiento aún abierto contra nuestro país se refiere al código de contratos públicos que prevé un plazo de pago de 45 días, cuando a nivel de la UE el plazo es de 30 días.

Las empresas deben compensar las deudas tributarias con las cuentas por cobrar comerciales

Para resolver esta cuestión milenaria que presiona mucho a muchas PYMES, para la Oficina de Estudios de la CGIA solo queda una cosa por hacer: disponer por ley la compensación justa, directa y universal entre ciertos créditos líquidos y vencidos devengados por una empresa hacia la AP y las deudas tributarias y de seguridad social que la misma debe pagar a Hacienda. Gracias a este automatismo solucionaríamos un problema que llevamos arrastrando desde hace décadas. Y finalmente, parece haber algunas señales que van en la dirección correcta. Durante la conversión en ley del Decreto de Auxilio, el pasado jueves las Comisiones de Hacienda y Presupuesto de la Cámara aprobaron una reforma que daría carácter estructural a la referida propuesta. Ahora solo queda cruzar los dedos y esperar con confianza.

En 2021 el Estado central "olvidó" pagar 5,2 millones de euros a proveedores