Vamos a hablar sobre el decreto de espionaje

Se salvaguarda la privacidad de las personas cuyas escuchas telefónicas, telemáticas y ambientales no son relevantes para las investigaciones. Esta es la piedra angular del Decreto Legislativo, aprobado por el Consejo de Ministros, que interviene en la interceptación de comunicaciones o comunicaciones. "Se pone fin al abuso", dijo el primer ministro Paolo Gentiloni. De hecho, el texto prevé: "la prohibición de transcripción, incluso resumida, de comunicaciones o conversaciones consideradas irrelevantes para las investigaciones, tanto para el sujeto como para los sujetos involucrados, así como las relativas a datos personales definidos como sensibles por la ley". Por tanto, el decreto implementa una revisión de la regulación de las escuchas telefónicas, herramienta fundamental de investigación, con el objetivo de hacer más equilibrada la salvaguarda de intereses dignos de protección a nivel constitucional o, por un lado, la libertad y el secreto de la correspondencia y cualquier otra forma de comunicación y, por otra, el derecho a la información. Todo ello con el fin de excluir, dentro de tiempos razonablemente determinados y próximos a la conclusión de las investigaciones, cualquier referencia a personas solo ocasionalmente involucradas en la interceptación y así evitar la divulgación indebida de hechos y referencias a personas ajenas al objeto de la actividad investigadora. El nuevo reglamento prevé en primer lugar el archivo de conversaciones y comunicaciones, así como los documentos relacionados, y solo posteriormente la adquisición de los relevantes y utilizables y el extracto contextual, con destino final al archivo confidencial, de los irrelevantes e inutilizables. Y el fiscal se identifica como un garante de la confidencialidad de los documentos, ya que se le cae la custodia, en un archivo específico confidencial, el material irrelevante e inutilizable, con el poder de la escucha y el examen, pero no copia, de la defensa y juez, hasta la conclusión del procedimiento de adquisición. Además, se supera el modelo anterior centrado en la denominada “audiencia de extractos”, caracterizado por el hecho de que todo el material de interceptación se encontraba inmediatamente en el expediente de las averiguaciones previas. El nuevo reglamento sobre la interceptación de comunicaciones o conversaciones va, por primera vez, a regular el uso de detectores informáticos en dispositivos electrónicos portátiles (los llamados caballos de Troya). En particular, se prevé que estos dispositivos no pueden mantenerse activos sin límites de tiempo o espacio, sino que deben activarse de forma remota de acuerdo con lo que disponga el Ministerio Público en su programa de investigación y que, entre otras cosas, deben ser desactivados. si la interceptación tiene lugar en un entorno doméstico, a menos que exista evidencia de que la actividad delictiva bajo investigación se está llevando a cabo en este contexto o que la investigación en sí no se refiere a los delitos más graves, incluidos la mafia y el terrorismo . Por último, se espera una simplificación para las interceptaciones telefónicas y de telecomunicaciones de funcionarios públicos al investigar delitos contra la administración pública. El texto prevé la introducción en el Código Penal del delito de "difusión de filmaciones y grabaciones de comunicaciones fraudulentas". La ley prevé la pena de prisión de hasta cuatro años para quien, con el fin de dañar la reputación o la imagen ajena, difunda, por cualquier medio, secuencias de audio o video, realizadas de manera fraudulenta, de reuniones o grabaciones privadas, de conversaciones, incluidas telefónicas o telemáticas, realizado en su presencia o con su participación. Queda excluida la sanción si la difusión del rodaje o de las grabaciones se realiza para ejercer el derecho de defensa o de prensa. El delito se castiga con la presentación de la denuncia del lesionado. Los magistrados están medio satisfechos. “El esfuerzo es apreciable. Se ha centrado el objetivo de proteger plenamente la privacidad y confidencialidad de quienes no tienen nada que ver con las investigaciones. El uso de detectores informáticos es, sin embargo, la parte más débil de la reforma, porque corre el riesgo de dañar las investigaciones, al no hacernos seguir el ritmo tecnológico de los delincuentes ”, dijo Eugenio Albamonte, presidente de la Asociación Nacional de Magistrados. En la actualidad, los troyanos están autorizados para la investigación de delitos de mafia, terrorismo y asociación, estos últimos eliminados por el decreto aprobado por el gobierno. El Garante de Privacidad no se ha pronunciado sobre el decreto legislativo aprobado por el gobierno de Gentiloni, pero Antonello Soro, en abril, advirtió contra los "procesos mediáticos en la web" desencadenados por las publicaciones de escuchas telefónicas, información de garantía "anticipada" por periódicos y relanzados de un sitio a otro como si estuvieran sentenciando, fotos de imputados a veces incluso detenidos, divulgados en la red sin filtros. Aquí está la advertencia de Antonello Soro, Garante de la privacidad: “Los efectos en la persona de la mediación del proceso son, si cabe, aún más graves. Al verter en la red documentos de investigación en su totalidad, el sospechoso y los terceros, en cualquier condición que esté involucrada en el proceso, quedan expuestos, revelando aspectos a menudo muy privados de su vida, irrelevantes para fines investigativos, con daños a veces irreparables en la vida familiar y reporte. Muchas de estas noticias permanecen en la red, para siempre, accesibles con motores de búsqueda incluso escribiendo un nombre. La persistencia de estas noticias en la web constituye así un "fin de sentencia nunca" independientemente de cómo finalice el juicio, debido a la diferente resonancia que tienen las absoluciones frente a los cargos.

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