Superbonus 110% y más

(por Federica De Pasquale - Responsable del Observatorio Aidr sobre el condominio digital) Con la Ley de Presupuestos de 2022 se intentó armonizar, al menos en parte, las distintas deducciones fiscales previstas para el sector de la construcción, si bien previendo distintas prórrogas. Un importante paso adelante que, con suerte, puede ser preparatorio para crear un estándar marco que incluya todas las deducciones de una manera más simple y estructural.

Sin duda, el súper bono del 110% representa el de mayor interés por parte de la comunidad de condóminos, pero desde un punto de vista temporal sigue siendo el más engorroso de utilizar a pesar de las últimas simplificaciones procesales que se han hecho.

Los problemas, como ahora saben los expertos, no se deben atribuir todos a las diversas interpretaciones que han seguido al ahora famoso "Decreto de relanzamiento" (ley n. 77 / 2020). Muchas veces nacen y surgen por el hecho de que muchos condominios no son administrados por un administrador profesional, sino por una persona inexperta que desconoce las acciones básicas necesarias para garantizar la oportunidad y el cumplimiento necesarios de los procedimientos tributarios preparatorios para la implementación del deducción.

A partir de este incidente, algunos consejos son útiles para todos los condominios: hacer uso de un administrador competente y profesional que sepa informar adecuadamente a la asamblea y relacionarse con las diversas personas involucradas (técnicos, empresas, instituciones de crédito y agencias de ingresos) finalmente, no una cosa pequeña, hacer que un abogado especializado en materia de condominio, designado por la asamblea, revise los diversos contratos a firmar para verificar que no sean desventajosos o, en algunos casos, incluso perjudiciales para los interesados. Este paso sigue considerándose sin importancia y, en cambio, es funcional para asegurar a todos los propietarios de viviendas.

OTROS BONOS

Con el deseo de brindar una descripción general rápida de todos los incentivos fiscales proporcionados para las obras de construcción, que examinaremos con más detalle en los próximos artículos, debe tenerse en cuenta que cuando no puede aprovechar la bonificación del 110%, principalmente debido a ante la imposibilidad de conseguir una adecuada reurbanización superando las dos clases energéticas, se puede abordar la rehabilitación del edificio combinando al menos otros dos "bonus" que permiten obtener ventajas igualmente importantes, el único problema es que actualmente su caducidad está prevista para 2022.

Entre las posibles combinaciones a destacar se encuentra la siguiente: el bono Fachadas, cuya deducción se ha reducido al 60% con vencimiento el 31 de diciembre de 2022. Permite, como ya se sabe, la recuperación y restauración de la fachada exterior de edificios existentes, de cualquier categoría catastral, incluidos los inmuebles instrumentales. El único requisito es que los edificios estén ubicados en las zonas A y B, identificadas por el decreto ministerial n. 1444/1968, o en zonas análogas a éstas en base a las normas autonómicas o municipales de edificación.

El otro es el nuevo Bono por eliminación de barreras arquitectónicas, la deducción fiscal esperada es del 75% y además vence el 31 de diciembre de 2022. Esta desgravación fiscal debe ser considerada como un auténtico comodín además de suponer una revolución ética para solucionar la era. -Viejo problema de accesibilidad.

Eso sí, cabe recordar que donde existe la posibilidad de acogerse a la superbonificación del 110%, la supresión de barreras arquitectónicas puede incluirse como obra “arrastrada”.

A diferencia de lo que suele ocurrir, la nueva bonificación con la deducción del 75% no solo es funcional para cambiar el antiguo sistema de ascensores sino que, partiendo del exterior de un edificio, por ejemplo, es posible renovar las vías de acceso facilitando un camino para los discapacitados visuales, arreglar los espacios de estacionamiento insertando áreas de estacionamiento reservadas para personas con discapacidad, cambiar los intercomunicadores, los buzones, la puerta y las escaleras de entrada, insertando salvaescaleras si es necesario, todo de acuerdo con las disposiciones de la '' eliminación de arquitectura barreras, en cuanto a requisitos y diseño, por decreto ministerial 236 de 1989. El tope de gasto debió haber sido mayor, pero el previsto actualmente no es pequeño:

  • 50.000 euros, para edificios unifamiliares o unidades unifamiliares (que sean funcionalmente independientes y tengan uno o más accesos independientes desde el exterior) ubicados dentro de edificios plurifamiliares;
  • 40.000 euros (a multiplicar por las unidades que componen el edificio), para condominios que consisten en 2 a 8 unidades inmobiliarias;
  • 30.000 euros, para unidades de condominio con más de 8 condominios.

La combinación de estas dos deducciones fiscales no solo te permite renovar gran parte del exterior e interior de un edificio, sino también hacerlo más moderno y acorde con los tiempos mediante la realización de una serie de mejoras para una gestión inteligente de tu hogar, a través de la automatización de sistemas en edificios de condominios y en unidades inmobiliarias individuales, siempre con el fin de romper las barreras arquitectónicas. A través de la domótica también podemos pensar en monitorear remotamente las condiciones físicas de las personas a través de la adquisición de datos a distancia.

Ni que decir tiene que, para maximizar el aprovechamiento de estos beneficios fiscales, es necesario contactar con técnicos especializados en eliminación de barreras arquitectónicas que elaboren un proyecto adecuado al tipo de edificación y/o vivienda.

Superbonus 110% y más