El MIM vuelve a precisar el origen de los fondos para el financiamiento del Decreto Legislativo "Caivano"

“Financiado con fondos que no se pueden utilizar para intervenciones en edificios escolares y ya no se pueden utilizar para escuelas inundadas, para las cuales ya se han aceptado todas las solicitudes recibidas”

Con referencia a las declaraciones de hoy del presidente de la región de Emilia-Romaña, Bonaccini, y del alcalde de Rávena, reiterando lo que ya aclaró el Ministerio en el comunicado de prensa del 18 de septiembre de 2023 sobre los recursos utilizados para cubrir financieramente el período extraordinario intervenciones del Decreto Sur, es necesario reiterar que todas las solicitudes recibidas de las escuelas afectadas por la inundación fueron plenamente aceptadas.

Cabe agregar entonces que los recursos financieros utilizados para cubrir el decreto ley del Sur no están clasificados como gastos de inversión y, por lo tanto, no tienen carácter plurianual y además no tienen ni habrían tenido de ninguna manera la posibilidad de manteniéndose en el balance en los años siguientes al actual. De ello se deduce que los recursos en cuestión no tenían las características contables necesarias para financiar intervenciones de construcción de escuelas por parte de las autoridades locales. Las asignaciones presupuestarias en discusión, que en cambio eran atribuibles a gastos corrientes, sólo podían destinarse a gastos que se efectuarían en un plazo de tiempo muy corto, como aseguró rápidamente el Ministerio.

Y de hecho se reitera que estas intervenciones, por disposición expresa de la ley, eran admisibles hasta la fecha del 31 de agosto, al estar legalmente vinculadas a la primera fase de emergencia, en la que las instituciones educativas también pudieron actuar haciendo uso de importantes simplificaciones procesales.

A los efectos de la asignación del mencionado Fondo, el Ministerio adquirió los requisitos previos de las instituciones educativas interesadas, lo que dio lugar a un marco global de requisitos de 10.174.736 €. De ello se deduce que, una vez satisfechas plenamente las necesidades expresadas por las escuelas afectadas por la inundación y transcurrido el plazo del 31 de agosto, la parte del fondo no utilizada en el ámbito de la asignación antes mencionada, equivalente a 9.825.264 euros, se habría constituye, cuando no se utiliza de otra manera dentro del año, una economía que no puede utilizarse de otra manera y, por lo tanto, está destinada a perecer.

También se recuerda que para garantizar la máxima puntualidad de las intervenciones previstas por el decreto-ley, el Ministerio de Educación y Mérito ha iniciado un procedimiento excepcional y extraordinario destinado a obtener un anticipo en efectivo del Banco de Italia, que permitió, a partir del 20 de junio de 2023 (por lo tanto, antes de la conversión del decreto-ley del 1 de junio de 2023, n. 61 en ley del 31 de julio de 2023, n. 100), a recibir inmediatamente los recursos financieros destinados a garantizar de forma inmediata y efectiva apoyo.

El MIM vuelve a precisar el origen de los fondos para el financiamiento del Decreto Legislativo "Caivano"