Terminación del servicio de los empleados públicos (TFS): resumen de las condiciones de pago

Con base en lo dispuesto en la legislación, los plazos para la prestación del TFS a los empleados públicos varían según las causas de extinción de la relación laboral.

En detalle, la legislación vigente prevé el pago del TFS en un plazo de 105 días en caso de terminación del servicio por invalidez o muerte del trabajador.

En caso de terminación de la relación laboral, que se produzca por alcanzar la edad o límites de servicio, el pago deberá efectuarse no antes de los 12 meses contados a partir de la fecha de terminación del servicio.

En todos los demás casos de terminación de la relación laboral, tales como renuncia y despido, de acuerdo con lo dispuesto en la ley, el pago del servicio adeudado se efectuará no antes de los 24 meses.

En función de estos tiempos, la prestación del servicio puede, por tanto, tener lugar:

  • a tanto alzado, si el importe bruto total es igual o inferior a 50.000 euros;
  • en dos cuotas anuales, si el importe bruto total es superior a 50.000 € e inferior a 100.000 €;
  • en tres cuotas anuales, si el importe bruto total es igual o superior a 100.000 euros.

En caso de pago a plazos, el segundo y tercer plazos se pagarán respectivamente a los 12 y 24 meses desde la fecha efectiva del derecho al pago del primero.

A los plazos de pago previstos en función de la causa de resolución, la legislación añade 90 días para los trámites previos durante los cuales no se devengan intereses de demora, ya que la tramitación y liquidación del TFS también depende de la velocidad de transmisión de los documentos legales. datos y utilidad económica para la tramitación del servicio por parte de los antiguos empleadores. Operación que, en ocasiones, puede determinar una ampliación de los tiempos de procesamiento de las solicitudes que resulten incompletas en cuanto a los elementos útiles para el cálculo de la prestación.

Por último, cabe recordar que, cuando se jubila antes de haber alcanzado los requisitos personales o de seguridad social previstos por la reforma Monti/Fornero, por ejemplo acogiéndose a la prestación de pensión “Cuota 100”, los plazos de desembolso del TFS partir de la fecha de consecución del derecho teórico más favorable (requisito personal o de cotización previsto por Monti Fornero), no desde la fecha de jubilación efectiva.

En el momento de acceder a la pensión se puede presentar una solicitud de préstamo por una cantidad igual al importe de la indemnización por terminación de servicio devengada, hasta un máximo de 45.000 euros.

En este caso, el INPS tiene 90 días para emitir la certificación, y 30 días contados a partir de la fecha de notificación del contrato por parte del Banco, luego de presentada la solicitud electrónica de anticipo para producir el acuse de recibo, luego de lo cual se deberá realizar la solicitud de anticipo. reenviado.

El financiamiento del anticipo autorizado está garantizado por el Estado a través de un fondo de garantía específico administrado por el INPS.

Para obtener más información, visite el sitio web www.INPS.it

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